No informar sobre todos los herederos conocidos es sancionable desde Código General del Proceso
El Consejo Superior de la Judicatura precisó que en los procesos de sucesión se volvió obligatorio informar sobre todos los herederos conocidos únicamente desde la vigencia del Código General del Proceso, lo que significa que solo desde entonces dicha omisión puede implicar una falta disciplinaria para los abogados. Lo anterior porque ese deber solo surgió […]









